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año:2021
 
institución:FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015
 
institución:CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 21232 25 de noviembre, 2021 DFOE-CAP-0968 Máster Gabriela Víquez Quirós Directora Ejecutiva CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Estimada señora: Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad de gestión institucional Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la generación de valor público. Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados. Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera, potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor público mediante el desempeño eficiente y eficaz de su gestión. Los pri ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
Notas de remisión: 21168-2021  |  21169-2021  |  21170-2021  |  21171-2021  |  21172-2021  |  21173-2021  |  21174-2021  |  21175-2021  |  21176-2021  |  21177-2021  |  21178-2021  |  21179-2021  |  21180-2021  |  21181-2021  |  21182-2021  |  21183-2021  |  21184-2021  |  21185-2021  |  21186-2021  |  21187-2021  |  21188-2021  |  21189-2021  |  21190-2021  |  21191-2021  |  21358-2021  |  21359-2021  |  21360-2021  |  21361-2021  |  21362-2021  |  21363-2021  |  21364-2021  |  21365-2021  |  21366-2021  |  21367-2021  |  21368-2021  |  21369-2021  |  21370-2021  |  21371-2021  |  21372-2021  |  21373-2021  |  21374-2021  |  21375-2021  |  21376-2021  |  21377-2021  |  21378-2021  |  21379-2021  |  21380-2021  |  21381-2021  |  21192-2021  |  21193-2021  |  21194-2021  |  21195-2021  |  21196-2021  |  21197-2021  |  21198-2021  |  21199-2021  |  21200-2021  |  21201-2021  |  21202-2021  |  21203-2021  |  21204-2021  |  21205-2021  |  21206-2021  |  21207-2021  |  21208-2021  |  21209-2021  |  21210-2021  |  21211-2021  |  21212-2021  |  21213-2021  |  21214-2021  |  21215-2021  |  21288-2021  |  21289-2021  |  21290-2021  |  21291-2021  |  21382-2021  |  21383-2021  |  21384-2021  |  21385-2021  |  21386-2021  |  21387-2021  |  21388-2021  |  21389-2021  |  21390-2021  |  21391-2021  |  21392-2021  |  21393-2021  |  21394-2021  |  21395-2021  |  21396-2021  |  21397-2021  |  21398-2021  |  21399-2021  |  21400-2021  |  21401-2021  |  21402-2021  |  21403-2021  |  21404-2021  |  21405-2021  |  21216-2021  |  21217-2021  |  21218-2021  |  21219-2021  |  21220-2021  |  21221-2021  |  21222-2021  |  21223-2021  |  21224-2021  |  21225-2021  |  21226-2021  |  21227-2021  |  21228-2021  |  21229-2021  |  21230-2021  |  21231-2021  |  21233-2021  |  21234-2021  |  21235-2021  |  21236-2021  |  21237-2021  |  21238-2021  |  21239-2021  |  21292-2021  |  21293-2021  |  21294-2021  |  21295-2021  |  21296-2021  |  21297-2021  |  21298-2021  |  21299-2021  |  21300-2021  |  21301-2021  |  21302-2021  |  21303-2021  |  21304-2021  |  21305-2021  |  21306-2021  |  21307-2021  |  21308-2021  |  21309-2021  |  21310-2021  |  21311-2021  |  21312-2021  |  21313-2021  |  21314-2021  |  21315-2021  |  21406-2021  |  21407-2021  |  21408-2021  |  21409-2021  |  21410-2021  |  21411-2021  |  21412-2021  |  21413-2021  |  21414-2021  |  21415-2021  |  21416-2021  |  21417-2021  |  21418-2021  |  21419-2021  |  21420-2021  |  21421-2021  |  21422-2021  |  21423-2021  |  21424-2021  |  21425-2021  |  21426-2021  |  21427-2021  |  21428-2021  |  21429-2021  |  21240-2021  |  21241-2021  |  21242-2021  |  21243-2021  |  21244-2021  |  21245-2021  |  21246-2021  |  21247-2021  |  21248-2021  |  21249-2021  |  21250-2021  |  21251-2021  |  21252-2021  |  21253-2021  |  21254-2021  |  21255-2021  |  21256-2021  |  21257-2021  |  21258-2021  |  21259-2021  |  21260-2021  |  21261-2021  |  21262-2021  |  21263-2021  |  21316-2021  |  21317-2021  |  21318-2021  |  21319-2021  |  21320-2021  |  21321-2021  |  21322-2021  |  21323-2021  |  21324-2021  |  21325-2021  |  21326-2021  |  21327-2021  |  21328-2021  |  21329-2021  |  21330-2021  |  21331-2021  |  21332-2021  |  21333-2021  |  21334-2021  |  21335-2021  |  21336-2021  |  21337-2021  |  21338-2021  |  21339-2021  |  21264-2021  |  21265-2021  |  21266-2021  |  21267-2021  |  21268-2021  |  21269-2021  |  21270-2021  |  21271-2021  |  21272-2021  |  21273-2021  |  21274-2021  |  21275-2021  |  21276-2021  |  21277-2021  |  21278-2021  |  21279-2021  |  21280-2021  |  21281-2021  |  21282-2021  |  21283-2021  |  21284-2021  |  21285-2021  |  21286-2021  |  21287-2021  |  21149-2021  |  21150-2021  |  21151-2021  |  21152-2021  |  21153-2021  |  21154-2021  |  21155-2021  |  21156-2021  |  21157-2021  |  21158-2021  |  21159-2021  |  21160-2021  |  21161-2021  |  21162-2021  |  21163-2021  |  21164-2021  |  21165-2021  |  21166-2021  |  21167-2021  |  21340-2021  |  21341-2021  |  21342-2021  |  21343-2021  |  21344-2021  |  21345-2021  |  21346-2021  |  21347-2021  |  21348-2021  |  21349-2021  |  21350-2021  |  21351-2021  |  21352-2021  |  21353-2021  |  21354-2021  |  21355-2021  |  21356-2021  |  21357-2021  |  21148-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible Al contestar refiérase al oficio n.° 15991 19 de octubre, 2021 DFOE-SOS-0259 Señor Martín Antonio González Zúñiga Presidente Corporación Hortícola Nacional Asunto: Respuesta a consulta realizada al Órgano Contralor acerca de la posibilidad de los entes públicos no estatales para captar y administrar fondos públicos y otorgar créditos con esos fondos Mediante oficio DE-058-2021 del 2 de setiembre de 2021, se recibe consulta por parte de la Corporación Hortícola Nacional donde se solicita dar respuesta a las siguientes dos preguntas: 1. ¿Si los entes públicos no estatales, pueden captar y administrar fondos públicos? 2. ¿Si es posible otorgar créditos con base en esos fondos públicos? Dicho oficio indica que se adjunta criterio de la Asesoría Legal Interna de la Corporación Hortícola Nacional. Cabe mencionar que el documento anexo corresponde al criterio jurídico de Dall´anese Advisory, el cual concluye que la Corporación Hortícola Nacional no puede captar fondos públicos o privados con fines propiamente financieros en razón de su prohibición legal de realizar negocios jurídicos especulativos, aunque sí puede otorgar créditos y formar fideicomisos siempre que no sean especulativos. Además señala que la corporación puede establecer convenios financieros, administrar fondos aportados por terceros para el desarrollo de proyectos de investigación, transferencia de tecnología y creación de infraestructura hortícola, y prestar asistencia financiera, pero advirtiendo que no puede captar fondos en atención a lo establecido en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. I. Consideraciones preliminares En atención a la potestad consultiva establecida en el artículo 29 y los supuestos del artículo 4 inciso a), de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, ley n.° 7428 del 7 de setiembre de 1994, sobre las consultas que al efecto le dirigen los órg ...
Fecha publicación: 22/10/2021
Fecha emisión: 19/10/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00989-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con treinta y cinco minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por VOLIO & TREJOS ASOCIADOS S.A., en contra de la adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2020PP-000004-0016300001, promovida por el FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015, para la construcción de los Tribunales de Justicia de Puntarenas, acto recaído a favor de la empresa EDICA LIMITADA, por el monto de $37.526.027,62.------------------------------------------------------------------------------------------------------ RESULTANDO I. Que el trece de julio de dos mil veintiuno la empresa Volio & Trejos Asociados S.A. presentó ante la Contraloría General de la República recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la licitación pública No. 2020PP-000004-0016300001, promovida por el Fideicomiso Inmobiliario Poder Judicial 2015.-------------------------------------------------------------------- II. Que mediante auto de las ocho horas seis minutos del quince de julio de dos mil veintiuno, esta División requirió al Fideicomiso, entre otras cosas, la remisión del expediente administrativo completo del concurso en debate, debidamente foliado y ordenado. Dicho requerimiento fue atendido mediante oficio No. FIDOP-2021-07-881 del dieciséis de julio de dos mil veintiuno, mediante el cual se indica que el concurso se llevó a cabo en la plataforma electrónica SICOP.-- III. Que mediante oficio No. FIDOP-2021-07-906 del veintidós de julio de dos mil veintiuno, el Fideicomiso aportó informac ...
Fecha publicación: 14/09/2021
Fecha emisión: 02/09/2021
Institución: FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


AUDIENCIA INICIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con diez minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno.----------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por VOLIO & TREJOS ASOCIADOS S.A., en contra de la adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2020PP-000004-0016300001, promovida por el FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015, para la construcción de los Tribunales de Justicia de Puntarenas, acto recaído a favor de la empresa EDICA LIMITADA, por el monto de ?38.955.219,49.------------------------------------------------------------------------------------ I. De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Contratación Administrativa, el numeral 190 del Reglamento a dicha ley, y por acuerdo del órgano colegiado, se admite para su trámite el recurso de apelación interpuesto, y se confiere AUDIENCIA INICIAL por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, al FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015 y a la empresa EDICA LIMITADA, para que manifiesten por escrito lo que a bien tengan con respecto a los alegatos formulados por la empresa apelante en su escrito de interposición del recurso, y del mismo modo para que aporten u ofrezcan las pruebas que estimen oportunas y señalen medio para recibir notificaciones. Se le indica a las partes citadas, que con la respuesta a la audiencia inicial deberán señalar medio para recibir notificaciones, bajo el entendido que de no atender esta prevención, de conformidad con los artículos 3, 8 y 14 del Reglamento de Notificaciones de los Productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, se procederá con la notificación automática de las actuaciones generadas en el proceso. Para la contestación de la presente audiencia se le indica a las partes que el recurso, ...
Fecha publicación: 27/07/2021
Fecha emisión: 27/07/2021
Documento: 11013-2021.pdf
Institución: FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


SOLICITUD DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas seis minutos del quince de julio de dos mil veintiuno.--------------------------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por VOLIO & TREJOS ASOCIADOS S.A., en contra de la adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2020PP-000004-0016300001, promovida por el CONTRATO FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015, para la construcción de los Tribunales de Justicia de Puntarenas, acto recaído a favor de la empresa EDICA LIMITADA, por el monto de ?38.955.219,49.---------------------------------------------------------- De conformidad con el artículo 186 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se previene a la Administración remitir a esta División, dentro del día hábil siguiente en que reciba la presente gestión, el expediente administrativo completo del concurso en debate, debidamente foliado y ordenado. Considerando las condiciones sanitarias actuales y las diferentes medidas para disminuir el riesgo de contagio del Coronavirus (COVID-19), se solicita a la Administración que remita copia digitalizada del expediente administrativo debidamente certificada. En caso de que la información supere los 20MB, deberá utilizar el procedimiento para la carga de documentos en repositorio electrónico de esta Contraloría General en coordinación con la Unidad de Servicios de Información, según se regula en la resolución No. R-DC-72-2020 de las doce horas del diez de setiembre de dos mil veinte sobre las Medidas temporales para la presentación de documentos y el uso de repositorios electrónicos en el contexto de la pandemia provocada por el COVID-19 (publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 240 del 30 de setiembre de 2020). También se debe indicar los folios del expediente en los que se encuentra la versión final del cartel y que contenga todas las modificaciones que se le efect ...
Fecha publicación: 15/07/2021
Fecha emisión: 15/07/2021
Documento: 10490-2021.pdf
Institución: FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: SOLICITUD DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 09482 28 de junio del 2021 DJ-0886 Señor Martin González Zuñiga, Presidente CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Ce: direccionejecutiva@chn.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número DE-041-2021, fechado el 21 de junio del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre la posibilidad que tenga una Corporación de Costa Rica, para captar y administrar fondos disponibles del sistema de Banca para el Desarrollo, para ser utilizados como banca de segundo piso, en el otorgamiento de créditos para en el sector al que representa En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentac ...
Fecha publicación: 28/06/2021
Fecha emisión: 28/06/2021
Documento: 9482-2021.pdf
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica SOLICITUD DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas con cuarenta y seis minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos por la empresa NOVOA OCCIDENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra del acto de adjudicación de la CONTRATACIÓN POR PRINCIPIOS No. 2020PP-000006-0016300001, promovida por el CONTRATO FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015, para la “adquisición de terrenos para el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en San José” que fue adjudicado al CONSORCIO INMOBILIARIO OIJ por un monto total de $7.936.405,40 (siete millones novecientos treinta y seis mil cuatrocientos cinco dólares con cuarenta centavos). ------------------------------------------------------------------------------------ I. De conformidad con el artículo 186 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se previene al Fideicomiso remitir a esta División, dentro del día hábil siguiente en que reciba la presente gestión, el expediente administrativo completo del concurso en debate, debidamente foliado y ordenado. Considerando las condiciones sanitarias actuales y las diferentes medidas para disminuir el riesgo de contagio del Coronavirus (COVID-19), se solicita a la Administración que remita copia digitalizada del expediente administrativo debidamente certificada. En caso de que la información supere los 20MB, deberá u ...
Fecha publicación: 31/05/2021
Fecha emisión: 31/05/2021
Documento: 07853-2021.pdf
Institución: FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: SOLICITUD DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 07509 26 de mayo del 2021 DJ-0681 Señor Martin González Zuñiga, Presidente CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Ce: direccionejecutiva@chn.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número DE-032-2021, fechado el 14 de mayo del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre si los fondos públicos que son captados y administrados pueden ser utilizados como banca de segundo piso para el otorgamiento de créditos para el Sector Hortícola Nacional fundamentándose en la Ley de Creación de la Corporación Hortícola Nacional. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las ...
Fecha publicación: 27/05/2021
Fecha emisión: 26/05/2021
Documento: 7509-2021.pdf
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto